Dar de alta la luz es un proceso necesario para contar con suministro eléctrico en un inmueble. Este trámite conlleva una serie de costes que varían según diferentes factores, como el tipo de vivienda y la potencia contratada. Es importante conocer los derechos de alta y los diferentes conceptos que influyen en el precio final. A lo largo de este artículo, se detallarán los aspectos básicos y los costes asociados al alta de luz en España.
Conceptos clave para dar de alta la luz
Dar de alta la luz implica conocer varios conceptos fundamentales que afectan tanto el proceso como los costos asociados. Esto incluye los derechos que deben pagarse y la potencia que se desea contratar.
Derechos de alta
Al dar de alta el suministro eléctrico, es necesario abonar una serie de derechos que constituyen parte integral del trámite. Estos derechos varían según las circunstancias del inmueble y la potencia contratada.
Derechos de extensión
Los derechos de extensión son aquellos que se pagan para cubrir los gastos relacionados con el mantenimiento de la infraestructura eléctrica. Este derecho es aplicable principalmente cuando el suministro es nuevo o ha estado dado de baja durante más de tres años. Su coste corresponde a 17,37 € por cada kW de potencia contratada, más impuestos. Este monto se calcula multiplicando el coste por la cantidad de kW solicitados.
Derechos de acceso
Los derechos de acceso permiten el uso de la red de transporte eléctrico. Este derecho tiene un coste de 19,70 € por cada kW de potencia contratada, también más impuestos. Es importante considerar este cargo ya que se suma al total que debe abonarse al activar el suministro.
Derechos de enganche
Este derecho se refiere al coste de conectar el punto de suministro a la red eléctrica. El importe fijo para los derechos de enganche es de 9,04 €, más impuestos. Este es un cargo básico que se abona indistintamente de otras condiciones del suministro.
Potencia contratada
La potencia contratada es el nivel de consumo eléctrico que se establece en el contrato de suministro. Este aspecto es crucial porque influye directamente en el coste de los derechos de alta y en la facturación mensual que se recibirá.
Kilovatios de potencia
La potencia se mide en kilovatios (kW) y es fundamental determinar cuántos kW se necesitan en función del uso que se le dará a la propiedad. Este cálculo debe hacerse con precisión para evitar pagar por más potencia de la necesaria, lo que incrementaría los costes de manera innecesaria.
Aumentar la potencia
Si se requiere aumentar la potencia tras un suministro de electricidad ya existente, se deben abonar derechos adicionales. El coste variará según la diferencia entre la potencia contratada previamente y la nueva potencia solicitada. Este ajuste es esencial para satisfacer las necesidades energéticas del inmueble y debe ser considerado cuidadosamente durante el alta.
Costes de dar de alta la luz
Los costes asociados a dar de alta la luz pueden variar significativamente según el tipo de vivienda y el tiempo que haya estado inactiva. A continuación, se detallan los costes que se pueden presentar en diferentes situaciones.
En viviendas de nueva construcción
En el caso de las viviendas de nueva construcción, es necesario abonar todos los derechos para poder establecer el suministro eléctrico. Esto incluye tanto los derechos de extensión como los de acceso y enganche, que se calculan en función de la potencia a contratar.
Coste total sin IVA
El coste total de dar de alta la luz en una vivienda nueva, sin incluir el IVA, se desglosa en los siguientes conceptos:
- Derechos de Extensión: 17,37 € por cada kW de potencia contratada.
- Derechos de Acceso: 19,70 € por cada kW de potencia contratada.
- Derechos de Enganche: 9,04 € fijo.
Por ejemplo, para una potencia contratada de 4 kW, el total sería de 157,32 € sin IVA.
Coste total con IVA
Al añadir los impuestos, que se elevan al 21%, el coste total con IVA de dar de alta la luz en una vivienda nueva se calculan de la siguiente manera:
- Coste Total sin IVA: 157,32 €
- IVA (21%): 33,04 €
- Coste Total con IVA: 190,36 €
En viviendas de segunda mano
Cuando se habla de viviendas de segunda mano, los costes pueden ser diferentes según el tiempo que se haya estado sin suministro. Los derechos a pagar varían considerablemente dependiendo de si el suministro ha estado inactivo menos o más de tres años.
Suministro de baja menos de 3 años
Si el suministro ha estado inactivo por menos de tres años, solo se deben abonar los derechos de acceso y de enganche. El desglose sería el siguiente:
- Derechos de Acceso: 19,70 € por cada kW de potencia contratada.
- Derechos de Enganche: 9,04 € fijo.
Para una potencia de 4 kW, el total sin IVA es de 87,84 €.
Suministro de baja más de 3 años
Cuando el suministro ha estado dado de baja por más de tres años, se deben abonar todos los derechos, como en el caso de una vivienda nueva:
- Derechos de extensión: 17,37 € por cada kW de potencia contratada.
- Derechos de acceso: 19,70 € por cada kW de potencia contratada.
- Derechos de enganche: 9,04 € fijo.
El coste total sin IVA sería el mismo que en una vivienda nueva, es decir, 157,32 €.
A este importe hay que añadirle lo que se llama un depósito de garantía, correspondiente a cincuenta horas de utilización teórica de la potencia contratada. La suma de estos cuatro conceptos se reflejará en la primera factura que recibas.
¿Cuándo se considera nueva alta de luz?
La mayoría de altas nuevas (nuevos puntos de suministro), suelen ser por uno de los siguientes motivos:
- Has comprado o alquilado una vivienda nueva en la que nunca ha habido suministro de luz.
- Has comprado una vivienda que actualmente tiene luz de obra, y tienes que pasarla al suministro definitivo.
- Has comprado o alquilado una vivienda cuyo anterior inquilino dio de baja el suministro de luz.
- En el pasado diste de baja los suministros de una casa o piso que no utilizabas, y que ahora sí quieres habitar.
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